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DERECHO CONTRACTUAL EUROPEO:

LA LIBERTAD DE PACTOS Y SU DELIMITACIÓN


11 Y 12 DE JULIO


Código:

72201

Director:

José Marqueño de Llano, notario de Barcelona. Ex presidente del Consejo General del Notariado

Secretario:

Lorenzo Prats Albentosa, catedrático de Derecho Civil, Universidad Autónoma de Barcelona

Coordinador:

Eduardo Crespo Suárez

Patrocinador:

Consejo General del Notariado

  Consejo General del Notariado    

El derecho contractual es materia regulada por cada Estado Miembro de la Unión. Esta variedad legislativa es propia de los Estados nación e inadecuada para un proyecto único como el que se persigue por medio de la Unión europea. Un mercado precisa una sola regulación. La demora en la consecución de este objetivo redunda en perjuicio de un ambicioso proyecto común. La observación, tras años de debate, ha ido calando incluso en las posiciones menos europeístas. La Comisión UE ha cumplido con su papel de impulso de la Unión, y, en este momento, impulsa el proceso en la fase prelegislativa. El Parlamento UE no ha sido ajeno a este proceso y ni a la consecución de este objetivo, por ello las labores que se llevan a cabo en su seno sobre esta materia no son, en absoluto, despreciables. En este momento, y sobre la base del Marco Común de referencia académico en derecho contractual europeo, se está trabajando a fin de determinar la estructura, contenido y principios y reglas básicas, sobre las que articular una eventual propuesta de regulación. Su estudio, en este momento, es oportuno, pues la Comisión ha abierto un período de consultas (“Libro verde”), que desembocará en un ulterior documento en el que se reflejen las mismas, que, presumiblemente se conocerá durante el final de la primavera del 2011. Momento adecuado para que se debata este documento entre los responsables de la Comisión y el Parlamento UE en la dirección de esta actividad y juristas españoles (notarios, magistrados, abogados, profesores).

 

El Encuentro se centrará, antes que sobre la estructura y contenido de la eventual norma, sobre los principios y reglas básicas sobre los que se articulará, y, en especial, sobre el principio de libertad contractual, su concepto y delimitación en el conjunto general del Marco Común de Referencia y, en particular, en la regulación de los dos principales contratos: el de compraventa y el de servicios. A este efecto, tanto las conferencias, así como las mesas redondas que se celebrarán se articularán sobre este principio axial de la regulación, su contenido y manifestaciones, a cuyo objeto se convocarán tanto representantes de la Comisión, del Parlamento y el Consejo de la Unión, como del Congreso de los Diputados y del Senado, y de otro, a juristas teóricos y prácticos, para que expongan las reglas sobre las que se está desarrollando el debate en el seno de la Comisión en el ámbito de la libertad de pactos. El resultado de este encuentro redundará en un mayor y mejor conocimiento de esta materia y una mayor implicación de nuestro país en la futura fase de elaboración del proyecto de propuesta de norma que regule en  el ámbito de la Unión el derecho contractual europeo.

 


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