El plazo de solicitud de tu tarjeta NIE son los 30 dias posteriores a tu fecha de entrada dispoble en el sellado del visado.
Es el comprobante de empadronamiento que expide el ayuntamiento de tu localidad de residencia. En la localidad de Madrid, puedes solicitar cita mediante este enlace y también dispones del teléfono de atención del ayuntamiento de la capital 010, donde puedes solicitar cita previa para el padrón para extranjeros. En esta cita, simplemente deberás aportar tu pasaporte y tu contrato de alquiler o autorización de residencia en la vivienda por parte del propietario.
El sellado de entrada en España o Unión Europea te ahorrará problemas y ajustará tu estancia desde la fecha real de entrada. Si tras la llegada de tu vuelo, no te fue requerido el pasaporte para su sellado, te recomendamos que acudas a las comisarías del aeropuerto de Madrid-Barajas en los tres dias posteriores a tu llegada con tu billete o comprobante del viaje y tu pasaporte para solicitar el sellado.
La renovación de la prorroga de estancia por estudios se debe realizar durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de la autorización. También se podrá presentar dentro de los 90 días naturales posteriores, sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador.
Se entiende por familiares el conyuje o pareja de hecho, los hijos menores de edad (18 años) o aquellos hijos que tengan una discapacidad y no sean objetivamente capaces de proveer sus necesidades.
Los familiares podran solicitar visado y NIE en el mismo momento que el estudiante, o bien con posterioridad a este, pudiendo permanecer en España hasta la finalización del periodo concedido al estudiante.
Los familiares obtendrán un visado similar al del estudiante diferenciandose unicamente mediante el código que figura en el mismo (SLF para familiares, SLU o SLC para estudiantes o investigadores)
No, no es posible. El consulado o embajada de España en tu pais de procedencia, en base a la documentación de estudios presentada, extiende el visado de 180 dias para duraciones de estudios iguales o inferiores a 6 meses. Tu visado cubre completamente tus necesidades de estancia y no es extensible.
Es una autorización de salida y posterior retorno al territorio nacional, dentro de un plazo de 90 días, al extranjero cuya tramitación de estancia por estudios se encuentre en periodo de renovación, o bien, está a la espera de tarjeta NIE pero tiene resuelta favorablemente la autorización inicial.
Para ello deberás solicitar cita previa y posteriormente presentarte en la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Madrid. En el enlace de cita previa dispones del listado de documentación, impresos y tasas que deberás llevar.
El estudiante deberá acreditar que el viaje responde a una situación de necesidad y que concurren razones excepcionales.