Doctorado

Baja temporal en estudios de doctorado

Baja Temporal en Estudios de Doctorado

Solo para alumnos matriculados en programas regulados por el Real Decreto 99/2011

Procedimiento

  • El doctorando podrá solicitar su baja temporal en el programa por un periodo máximo de un año, ampliable hasta un año más, salvo en caso de enfermedad, maternidad o paternidad del doctorando que será por el tiempo que permanezca en esa situación. 
  • Dicha solicitud deberá ser dirigida y justificada ante la Comisión Académica responsable del programa. 
  • Estos periodos no se tendrán en cuenta a afectos del cómputo de plazos establecido para la presentación de la tesis, tanto si se trata de estudios a tiempo completo como a tiempo parcial. 
  • En todos los casos la Comisión Académica del programa emitirá un informe razonado.  
  • Cuando no formalice la matrícula y no abone el importe correspondiente a la tutela académica sin justificación alguna, el tiempo transcurrido se computará a efectos del tiempo máximo para la defensa de la tesis.  

Causas

Bajas por enfermedad del estudiante, permisos por maternidad o paternidad, enfermedad grave o prolongada de familiares de primer grado, causas económico‐laborales de especial relevancia, situaciones lesivas graves que afecten a la vida académica del estudiante o cualquier otra causa prevista por la normativa vigente, siempre que la justificación documental presentada sea pertinente a juicio de la Comisión Académica del programa. 

Plazo: antes del 30 de noviembre de cada año.
Las solicitudes presentadas con posterioridad a esa fecha, solo se tendrán en cuenta si se derivan de situaciones sobrevenidas, y siempre que se justifiquen documentalmente. 

Impreso de solicitud 

Evaluación del Documento de Actividades y el Plan de Investigación

Los doctorandos que, aun estando de baja temporal en el programa de doctorado por alguna de las causas citadas,  mantengan la matrícula activa,podrán seguir cumplimentando su documento de actividades y plan de investigación accediendo a través de RAPI y deberán ser evaluados, aunque las comisiones académicas deberán valorar las circunstancias del doctorando.

No serán evaluados los doctorandos que no tengan activa la matrícula del curso correspondiente.

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