Conforme a lo establecido en el artículo octavo de las Normas de admisión de solicitudes y adjudicación de plazas en los Colegios Mayores propios y adscritos de la Universidad Complutense de Madrid, (BOUC de 4 de abril de 2005), relativo a los criterios académicos para la renovación de plazas, y con independencia del necesario cumplimiento del resto de criterios para la misma, se publican los criterios académicos que regirán para la renovación de las plazas en el curso académico 2013-2014 en los Colegios Mayores de titularidad de la UCM y en los Colegios Mayores Adscritos a la UCM:
Quienes cursen enseñanzas universitarias de ingeniería técnica, ingeniería técnica superior, arquitectura, o arquitectura técnica deberán haber superado, durante el curso 2012 -2013, el 60% de los créditos/asignaturas que resulten de dividir el total de los que integran el correspondiente plan de estudios entre el número de años que lo componen.
Quienes cursen enseñanzas universitarias en el área de Ciencias Experimentales y Ciencias de la Salud deberán haber superado, durante el curso 2012-2013, el 70% de los créditos/asignaturas que resulten de dividir el total de los que integran el correspondiente plan de estudios entre el número de años que lo componen.
Quienes cursen enseñanzas universitarias en el área de Humanidades y de Ciencias Sociales deberán haber superado, durante el curso 201 2- 2013, el 80% de los créditos/asignaturas que resulten de dividir el total de los que integran el correspondiente plan de estudios entre el número de años que lo componen.
Quienes cursen estudios de másteres oficiales deberán haber superado, durante el curso 2012- 2013, el 100% de los créditos que resulten de dividir el total de los que integran el correspondiente plan de estudios entre el número de años que lo componen.
Quienes accedan al primer curso de las enseñanzas de másteres oficiales deberán acreditar la aceptación oficial de la Universidad correspondiente para cursar dichos estudios, pendiente de la matriculación definitiva en los mismos (durante los meses de septiembre/octubre de 2013) como estudiante a tiempo completo.
No se renovará la plaza de aquellos estudiantes que durante el curso 2012-2013 se hayan matriculado en un porcentaje de créditos/asignaturas inferior al señalado en los apartado 1, 2, 3 Y 4, respectivamente.
Las materias o asignaturas convalidadas o exentas no se tendrán en cuenta a efectos del cumplimiento de los requisitos académicos establecidos en los puntos anteriores.
No se procederá a la renovación de la plaza de aquellos estudiantes que, cumpliendo los requisitos señalados en los puntos anteriores, no matriculen durante el curso académico 2013-2014 un porcentaje de créditos o asignaturas menor que el señalado en los puntos 1, 2, 3 y 4, respectivamente. Para verificar el cumplimiento de este criterio, la Universidad Complutense se reserva el derecho de requerir al estudiante la documentación necesaria, con objeto de realizar dicha comprobación durante los meses de septiembre y octubre de 2013.
En Madrid, a 30 de octubre de 2012
EL RECTOR,
P.D. LA VICERRECTORA DE ATENCIÓN A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA
(Decreto Rectoral 57/2011, de 7 de junio, BOCM Núm. 178, de 29 de julio)
Cristina Velázquez Vidal