- Para ser admitido en una especialidad se requiere que el estudiante acredite una formación suficiente en las materias correspondientes a la misma. En caso de no darse esta circunstancia, los solicitantes serán excluidos del proceso de valoración.
- Para cada especialidad se han establecido una serie de titulaciones de Acceso Preferente que se considerarán prioritarias a la hora de seleccionar a los alumnos. Los solicitantes que hayan cursado titulaciones diferentes, salvo las consideradas equivalentes a las de acceso preferente por la Comisión de Coordinadora, tendrán una valoración inferior.
- El único criterio de valoración que será considerado en cada uno de los grupos de titulaciones establecidos será la media del expediente académico en escala 0-4.
A efectos prácticos, para separar los cuatro grupos definidos, se multiplicará la media del expediente por el siguiente factor según el grupo de titulación a que corresponda:
1. Licenciaturas, Ingenierías y Grados de Acceso Preferente: 1.000
2. Diplomaturas e Ingenierías Técnicas de Acceso Preferente: 100
3. Otras Licenciaturas, Ingenierías y Grados: 10
4. Otras Diplomaturas e Ingenierías Técnicas: 1