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CONCEPTO GENERAL DE CONVENIO
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Un Convenio es un pacto manifestado en forma legal, en virtud del cual dos o más organizaciones, empresas o instituciones, manifiestan su voluntad de desarrollar una o más actividades de forma conjunta.
En los Convenios que afectan a nuestra Universidad intervienen siempre tres actores: un interlocutor externo a la Universidad (la institución o empresa); el órgano de tramitación del Convenio (el Vicerrectorado de Relaciones Institucionales es Internacionales) y un interlocutor interno (miembro de la comunidad universitaria o responsable del Centro Universitario que ha propuesto el Convenio ante el Vicerrectorado).
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ESTRUCTURA BÁSICA
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Los Convenios han de recoger necesariamente distintos aspectos que responden a requerimientos jurídicos y de gestión.
El Convenio se organiza formalmente en tres partes: Intervinientes o Firmantes, Exposición de motivos y Cláusulas. |
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1.- Intervinientes o firmantes
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El Convenio comienza con la identificación de los firmantes y la indicación de su competencia para representar a la institución a la que representan.
a) Por la UCM (Rector o Vicerrector de Relaciones Institucionales e Internacionales) Según el artículo 66.1 c) de los Estatutos de la Universidad Complutense, el Rector tiene atribuida la competencia para suscribir todo tipo de Convenios en nombre de la Universidad. El Rector delegó expresamente dicha competencia en el Vicerrector de Relaciones Institucionales e Internacionales por Decreto Rectoral 57/2011 de 7 de junio, sobre delimitación de los Vicerrectorados de la UCM, de delegación de competencias en órganos unipersonales y de diversas cuestiones de índole organizativa, publicado en el BOCM, el día 29 de julio de 2011, la promoción, coordinación, preparación, firma, ejecución y seguimiento de la política universitaria de Convenios. En virtud de lo expuesto, son competentes para suscribir Convenios de ámbito nacional en nombre de la UCM: el Rector y el Vicerrector de Relaciones Institucionales e Internacionales por delegación expresa de aquél, salvo en el supuesto de que la competencia esté expresamente atribuida a otro Vicerrector, por razón de la materia. b) Por el interlocutor externo a la UCM 1.- En caso de institución privada, se detallará: - Nombre del representante - Cargo - Domicilio social - CIF - Referencia a la capacidad legal de suscribir el Convenios (acreditada con poder notarial bastante) 2.- En caso de institución pública, se detallará: - Identificación del representante - Cargo - Domicilio social - Referencia a la capacidad legal de suscribir el Convenios (Nombramiento y competencia) |
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2.- Exposición de motivos
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La Exposición de motivos recoge los fundamentos, legales y de oportunidad, que enmarcan la colaboración. Con carácter general, se mencionarán:
a) Fines de la UCM: Se hará referencia, de entre los fines propios de la Universidad, a aquél que resulte más adecuado al objeto del Convenio. b) Fines de la Institución externa/ Empresa: En este apartado se deberá detallar la actividad de la institución externa. c) Objeto genérico: Se establecerá, de manera genérica, el campo en que se pretende colaborar. d) Normativa aplicable: Se detalla la normativa que regula el ámbito concreto de la actividad. e) Declaración de intenciones: Las partes declaran su voluntad de colaboración para el caso concreto que recoge el Convenio. |
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3.- Cláusulas
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En las Cláusulas quedan recogidas las condiciones del Convenio: en qué consiste la actividad, cómo se articulará su desarrollo, seguimiento y evaluación, qué compromisos asume cada parte, etc. El contenido concreto de las Cláusulas dependerá de la naturaleza de la actividad que se pretenda desarrollar, aunque, de manera general, se incorporarán al Convenio las que hagan referencia a:
a) Objeto del Convenio: Acción/es que se pretende/n realizar. b) Obligaciones de la UCM: Compromisos que asume la UCM para la consecución de los objetivos del Convenio. c) Obligaciones de la institución externa: Compromisos que asume la institución externa a fin de alcanzar los objetivos del Convenio d) Forma de Gestión económica del Convenio: Si del Convenio se derivasen obligaciones económicas para las partes, se detallarán: - El importe de la aportación económica que realizará cada una de las partes. - Los datos necesarios para identificar el número de cuenta de la UCM donde se ingresará dicha cantidad y el texto que se consignará en la transferencia, para que el ingreso pueda ser identificado por los servicios de contabilidad de la Universidad y transferido al interlocutor interno. - La fecha, o fechas, en que se realizará la transferencia bancaria por cada una de las partes. - La partida presupuestaria (en caso de institución pública). e) Comisión Mixta de Seguimiento: Siendo el Convenio la expresión legal de un acuerdo de voluntades para la realización de una actividad, resulta necesario establecer los mecanismos que permitan hacer un seguimiento de la misma.
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