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Competencias del Vicerrectorado de Transferencia

1. El Vicerrectorado de Transferencia será responsable de la incentivación de las relaciones Universidad-sociedad en aras al mejor cumplimiento de los objetivos fijados en el Título XI de los Estatutos de la UCM.

2. Dentro del ámbito funcional identificado en el apartado anterior, el Vicerrectorado de Transferencia desarrollará las siguientes actividades y ejercerá, por delegación, las competencias específicas que se detallan:

La definición y puesta en práctica de estrategias que fomenten el papel de la UCM como un instrumento para contribuir al desarrollo económico, cultural, artístico, científico y técnico de la sociedad.

a) El desarrollo de la política de relaciones con las empresas y otras instituciones públicas y privadas que favorezcan la visibilidad de la labor docente, investigadora y cultural de la Universidad Complutense de Madrid.

b) La definición y ejecución de políticas que permitan la generación de polos de innovación, la elaboración de programas de valorización y transferencia del conocimiento y la creación de cátedras-empresa.

c) La orientación y seguimiento de las relaciones entre la Universidad Complutense de Madrid y la Fundación General de la UCM.

d) Cuantas otras competencias vengan atribuidas al Rector en el ámbito funcional atribuido a este Vicerrectorado.