1. El Vicerrectorado de Innovación será responsable de todas las cuestiones relativas a las tecnologías de la información y la comunicación aplicadas a las labores de docencia, investigación y gestión, así como de las relacionadas con la gestión y potenciación de la Biblioteca Universitaria Complutense.
2. Dentro del ámbito funcional descrito en el apartado anterior, este Vicerrectorado desarrollará las siguientes actividades y ejercerá, por delegación, las competencias específicas que se detallan:
a) La dirección del Consejo Asesor de Tecnologías de la Información.
b) La elaboración, mantenimiento y gestión de la página web institucional de la Universidad Complutense, fomentando las políticas de divulgación dentro y fuera de la Universidad a través de este medio.
c) La dirección de la política informática, potenciando y mejorando los servicios informáticos y de comunicaciones de la Universidad Complutense.
d) La consolidación y seguimiento del Campus Virtual.
e) La definición y gestión de los recursos que faciliten la implantación de la Administración electrónica.
f) La dirección de la política bibliotecaria, potenciando y mejorando los servicios bibliotecarios de la Universidad Complutense.
g) Cuantas otras competencias vengan atribuidas al Rector en relación a las materias de este Vicerrectorado.
3. Del Vicerrectorado de Innovación dependerá la Biblioteca de la Universidad Complutense.