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Becas de carácter General y Movilidad

Resolución de 2 de Agosto de 2012 (BOE 14 de Agosto de 2012) por la que se convocan becas  de caracter general y de movilidad, para el curso académico 2012/2013, para estudiantes de enseñanzas universitarias.

Las becas de carácter general y movilidad se destinan3a los estudiantes universitarios adjudicándoseles en función de renta y patrimonio familiares y aprovechamiento académico.

Las solicitudes se deben cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación en la dirección: https://sede.educacion.gob.es en el apartado correspondiente a "Trámites y Servicios".

Plazo de solicitud: Hasta el 15 de Octubre. 

Una vez cumplimentada la solicitud, será enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos (Ya no es necesario imprimir la solicitud y entregarla en la Secretaría de Alumnos de los Centros como se hacía en años anteriores).

Para el estudio de las solicitudes presentadas y selección de posibles becarios se constituirá  en cada Universidad, una Comisión de Selección de Becarios.

Importante:

Los alumnos que obtengan beca y no destinen la ayuda para la finalidad para la que es concedida deberán reintegrar la cuantía concedida. A estos efectos se entenderá que no han destinado la beca para dicha finalidad los becarios que hayan incurrido en alguna de las siguientes situaciones:

a) Haber anulado la matrícula.

b) No haber superado el 50 por ciento de los créditos matriculados, en convocatoria ordinaria ni en extraordinaria. Para el cálculo de este porcentaje se excluirán los créditos copnvalidados, reconocidos o adptados.

Más información en :  www.educacion.es